El viernes pasado por un error humano, el ISP UNE bloqueo el portal de video Youtube , argumentaron que fue un problema en el servidor DNS, respuesta que en primera instancia es perfectamente creíble, de igual manera no es la primera vez que sucedia algo parecido, en el pasado bloquearon Google Translate por la misma razón, Pornografía infantil.
Varios conocidos me han estado preguntando acerca del bloqueo de contenidos en Colombia, así que busqué un poco en internet y recordé que un amigo experto en seguridad de la información (Marcos Julian) había publicado algo al respecto.
En Colombia existe la Ley 1336 de 2009 : Por medio de la cual se adiciona y robustece la ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
El artículo 3 de esta ley dice lo siguiente:
Competencia para exigir información. El artículo 10 de la Ley 679 de 2001 tendrá un parágrafo del siguiente tenor:
Parágrafo. El Ministerio de Comunicaciones tendrá competencia para exigir, en el plazo que éste determine, toda la información que considere necesaria a los proveedores de servicios de internet, relacionada con la aplicación de la ley 679 y demás que la adicionen o modifiquen. En particular podrá:
- Requerir a los proveedores de servicios de internet a fin de que informen en el plazo y forma que se les indique, qué mecanismos o filtros de control están utilizando para el bloqueo de páginas con contenido de pornografía con menores de edad en Internet.
- Ordenar a los proveedores de servicios de internet incorporar cláusulas obligatorias en los contratos de portales de internet relativas a la prohibición y bloqueo consiguiente de páginas con contenido de pornografía con menores de edad.
Los proveedores de servicios de internet otorgarán acceso a sus redes a las autoridades judiciales y de policía cuando se adelante el seguimiento a un número IP desde el cual se produzcan violaciones a la presente ley.
La violación de estas disposiciones acarreará la aplicación de las sanciones administrativas de que trata el artículo 10 de la ley 679 de 2001, con los criterios y formalidades allí previstas.
Esto quiere decir que el MinTIC está en toda la potestad de bloquear este tipo de contenidos. Con respecto a otros contenidos no encontré nada… Si alguien tiene más información al respecto agradecería me fuera mostrada.
http://feeds.feedburner.com/~ff/geektheplanet?d=yIl2AUoC8zA
via Geek the Planet http://feedproxy.google.com/~r/geektheplanet/~3/HxlD0a2iZVk/bloqueo-contenidos-internet-colombia.xhtml
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